En medio del escándalo, el Vaticano ha ordenado a los curas denunciar ante la Justicia los casos de pedofilia
10:46|Las autoridades difundieron una guía para las diócesis donde sostienen que, si comprueban que una denuncia es verdadera, deben recurrir a la justicia ordinaria. Y aclara que "sólo en casos verdaderamente graves" intervendrá el Papa.. (AP)
Envuelto en una ola de denuncias sobre pedofilia, que generó un verdadero escándalo a nivel internacional, el Vaticano acaba de publicar una especie demanual de procedimientos operativos para los casos de abusos a menores. Allí señala que la diócesis es la encargada de investigar y denunciar ante la Justicia las denuncias.
Uno de los voceros de la Santa Sede, Ciro Benedettini, precisó que no se trata de una guía nueva, sino que es la redactada en el año 2003 y que fue publicada en sitio del Vaticano "en nombre de la absoluta transparencia impuesta por el Papa" para casos de este tipo.
Esta guía de actuación fue decidida por la Congregación para la Doctrina de la Fe, conocida en el pasado como el Santo Oficio de la Inquisición, pero nunca hecha pública, hasta hoy, agregó Benedettini.
"La diócesis local debe indagar sobre toda denuncia de abuso sexual cometida por un sacerdote contra un menor. Si la denuncia parece confirmada, el caso debe ser transmitido a la Congregación para la Doctrina de la Fe", afirma el documento, publicado en inglés.
La guía aclara que el Papa, en los casos más graves de pedofilia, podrá reducir directamente el culpable al estado laical sin pasar por el proceso previsto para estos casos por el Derecho Canónico, y que contra la decisión del Pontífice no cabrá apelación.
"En casos verdaderamente graves, cuando un tribunal civil haya condenado a un sacerdote culpable de abusos sexuales contra menores de edad o cuando haya pruebas evidentes, la Congregación de la Doctrina de la Fe puede llevar directamente el caso al Santo Padre y pedirle que promulgue un decreto 'ex officio' para la reducción al estado laical", sostiene.
El texto está dividido en tres partes, la primera se refiere al procedimiento preliminar y señala que cuando se produce una denuncia de abuso de un menor por un clérigo, la diócesis local es la primera encargada de investigar el hecho.
Si la acusación tiene peso, el obispo local remite el caso con toda la documentación necesaria a la congregación vaticana y expresa su opinión sobre los procedimientos a seguir y las medidas que se adoptarán a corto y largo plazo.
El texto agrega que durante la etapa preliminar y hasta que el caso esté concluido, el obispo puede imponer medidas cautelares para salvaguardar la comunidad y las víctimas y asegurar que los niños no sufren nuevos daños.
La segunda se refiere a los procedimientos autorizados por la Congregación para la Doctrina de la Fe. Una vez el caso en manos del dicasterio vaticano, éste puede autorizar al obispo local a realizar el proceso ante un tribunal local de la Iglesia, con la asistencia de dos asesores.
El sacerdote acusado podrá presentar recurso ante la congregación para la Doctrina de la Fe si es condenado a una pena canónica. La decisión final de los cardenales miembros de la congregación será definitiva. En caso de que el clérigo sea declarado culpable, puede ser condenado a diferentes penas, siendo la más grave la expulsión al estado laical.
La congregación también puede decidir en los casos "muy graves" dirigirlos directamente al Papa, y pedirle que el acusado sea directamente reducido al estado laical sin ser sometido a un juicio previo.
En los casos en los que el pederasta ha admitido sus delitos y ha aceptado llevar una vida de plegarias y penitencias, la Congregación autorizará al obispo local a dictar un decreto que prohíba o limite el ejercicio público de ministerio sacerdotal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario