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jueves, 24 de enero de 2008

Thor Halvorssen, presidente de Human Rights Foundation llama la atención a Evo Morales sobre la NCPE que contraría los DD.HH.

La Fundación de Derechos Humanos, ha enviado al presidente de la República, Evo Morales, una lapidaria carta en la que le hace conocer que la nueva Constitución Política del Estado que pretende poner en vigencia "no cumple obligaciones internacionales".

La Human Rights Foundation le hace notar a Morales que los cambios constitucionales propuestos por su gobierno "contrarían abiertamente las obligaciones legales de Bolivia de proteger los derechos fundamentales". Más aún, los mismos desvirtúan el sentido de justicia y la concepción del Estado de Derecho.
Advierte que no sería sorpresa que estas reformas continúen siendo una fuente de inestabilidad y violencia en Bolivia debido a que muchos de sus ciudadanos han manifestado que no aceptarán silentemente el asalto a sus derechos civiles con la implementación de estas reformas.

El presidente de la La Human Rights Foundation, Thor Halvorssen, le hacen notar a Morales que los cambios propuestos pondrán en peligro derechos fundamentales de los ciudadanos bolivianos, los cuales están protegidos tanto por el vigente texto
constitucional como por los tratados internacionales firmados y ratificados por Bolivia.

NO CUMPLE OBLIGACIONES
Thor Halvorssen explica que han seguido de cerca la situación en Bolivia con gran preocupación y que su departamento de derecho internacional ha revisado cuidadosamente las propuestas de su gobierno para la elaboración de una nueva constitución, habiéndose percatado de varios aspectos que denotan conflicto con las obligaciones internacionales de Bolivia contenidas por ejemplo en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos [ratificado por Bolivia el 2 de Agosto de 1982] así como también con los estándares aceptables del debido proceso y del estado de derecho en general.

"Una de nuestras mayores preocupaciones yace en las prácticas que han sido llevadas a cabo bajo un sistema de justicia comunitaria obligatorio, basado en los usos y costumbres de las sociedades indígenas (Artículo 200 de la propuesta de reforma). Aquellas personas que sean declaradas culpables bajo este sistema, pueden potencialmente ser sujetas a los más crueles castigos, acciones prohibidas por la normativa nacional e internacional aplicable".

Añade que no hay tampoco una revisión judicial independiente que supervise dicha administración de justicia, como tampoco hay una autoridad máxima que pueda denegar cualquiera de las sentencias comunitarias.

28 MUERTOS EN DOS AÑOS
Un informe recientemente elaborado y publicado a través de www.laHRF.com destaca un saldo entre noviembre de 2005 y septiembre de 2007 de veintiocho (28) casos que han degenerado en pena de muerte a través de quemas vivas de personas, muertes por asfixia al ser enterradas antes de su deceso y hasta crucifixión, todo esto bajo la égida de una distorsionada concepción de la “justicia comunitaria” que sigue siendo aplicada sin ningún tipo de control gubernamental y que en los dos últimos años ha incrementado significativamente el número de víctimas; tal es el caso del reciente linchamiento de un joven estudiante cruceño en la localidad de Ivirgarzama, Cochabamba, sucedido el 16 de enero de 2008.

Rolando Gira Meruvia, de 24 años de edad, fue golpeado por cocaleros, envuelto en una bolsa y enterrado vivo, lo que le provocó la muerte por asfixia, tal como fue certificado por el servicio médico del Hospital Central de Ivirgarzama y según lo registra el boletín de prensa de HRF - Bolivia http://hrfbolivia.blogspot.com. Homicidio que además presenta claros signos de discriminación racial.

El artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reconoce los
derechos de todas las personas de ser iguales ante la ley y libres de cualquier tipo de discriminación basada en su raza, color, sexo, lenguaje, religión, opinión, origen nacional o social, propiedad, nacimiento u otro tipo de status.

Al otorgársele completa autonomía e independencia al sistema de justicia comunitaria, como está previsto en el Artículo 189 de la propuesta de reforma, se está en presencia de una amplia discriminación basada en los orígenes étnicos de los bolivianos. Más aún, el no preverse algún mecanismo judicial ordinario que supervise la correcta aplicación de este tipo de justicia, arremete también contra los estándares del debido proceso y pone en tela de juicio el estado de derecho.

La HRF manifiesta también su preocupación por las reformas agrarias por usted
promovidas. Las mismas limitan el derecho de los ciudadanos a la propiedad privada
(Artículos 57 y 392 de la propuesta de reforma). Estas limitaciones discriminan sectores del pueblo boliviano.

NO A LA EXPROPIACIÓN AGRARIA
El Artículo 57 de la Constitución vigente establece que la expropiación de la tierra será establecida en casos de necesidad o utilidad pública, o cuando la propiedad no tenga una función social. El Artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos garantiza que todas las personas son libres de disponer de sus propias riquezas y recursos naturales en la manera en que mejor les convenga.

"Si su gobierno implementa una reforma agraria que requiera la redistribución de tierras sin
usar, infringiría el derecho del propietario al desarrollo económico (Parte I, Artículo 1,
secciones 1 y 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)", dice la nota enviada a Morales.

Añade que el trato diferente que se le da a las tierras de propiedad privada, el cual es limitado en su uso y tamaño por el estado, contrastado con la tierra comunal indígena, la cual es indivisible y libre de impuestos, explícitamente pone de manifiesto el trato discriminatorio a los propietarios de tierras privadas (Artículo 392 de la propuesta de reforma). La diferencia en las regulaciones entre las tierras privadas y las comunales viola el espíritu y la letra del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Ej. Artículo 1 Sección 2, Artículo 17).

"Señor Presidente, los aludidos cambios constitucionales propuestos por su gobierno
contrarían abiertamente las obligaciones legales de Bolivia de proteger los derechos
fundamentales del pueblo boliviano. Más aún, los mismos desvirtúan el sentido de justicia
y la concepción del Estado de Derecho. No sería sorpresa que estas reformas continúen
siendo una fuente de inestabilidad y violencia en Bolivia debido a que muchos de sus
ciudadanos han manifestado que no aceptarán silentemente el asalto a sus derechos
civiles con la implementación de estas reformas. A tal virtud, apreciaríamos su
reconsideración sobre las mismas, las cuales ponen en peligro los derechos civiles del
pueblo boliviano", dice la Fundación.

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