REELECCION PRESIDENCIAL Y CONSTITUCION
Siguiendo el guión tramado por el Socialismo
del Siglo XXI para Venezuela, Ecuador y
Bolivia, el Sr. Presidente Evo Morales Ayma ha decidido su participación como candidato a
la segunda reelección en la Presidencia del Estado Plurinacional en las
elecciones del 2014, lo que –como podía esperarse- ha provocado un grande
revuelo oral derivado en ruidosa polémica sobre la ilegalidad de tal propósito
al tenor del Art. 168 de la C.P.E. , dejando claras posiciones antagónicas
entre Gobierno y Oposición, acerca de la
constitucionalidad o no de la actitud presidencial, que probablemente se
resolverá mediante la consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional.
Lo que la opinión pública no ha logrado aún discernir es que tan altisonante discusión es
para el Gobierno sólo un método dirigido
a “marear la perdiz” sobre el fondo del asunto, en tanto que para los
opositores significa cohonestar la vigencia de la C.P.E. del 7 de febrero del
2009 no obstante que su redacción, aprobación y promulgación –aún mediando un
discutible referéndum- constituyen hechos dudables e inciertos, no analizados con
profundidad por la ciudadanía y que para los gobernantes resulta valioso instrumento para implantar legalmente
una dictadura sui generis.
Se puede prever el resultado de la insustancial controversia. Al final el Gobierno Cuadrilátero se saldrá
con la suya y don Evo Morales Ayma será candidato el 2014 porque los Poderes
Legislativo, Judicial y Electoral no son independientes ni iguales entre sí
sino subordinados del Ejecutivo y el Tribunal Constitucional Plurinacional
posee la sólida argumentación legal asentada en el ejemplo de las recientes
elecciones en Venezuela y Ecuador.
Por ello pienso que esta inútil “discusión entre sordos” debía sustituirse por una acción
concertada patrióticamente por Partidos Políticos de auténtica formación, con
la participación de organizaciones sociales,
culturales y laborales y el importante conglomerado de ciudadanos
discrepantes del régimen para, de manera unificada, llevar a cabo el proceso de
cambio democrático del gobierno iletrado, arbitrario y dilapidador.
La unificación podría tener como leitmotiv
inicial el estudio y debate coordinado sobre juridicidad, alcances y validez de
la C.P.E. masista del 2009, cuyo origen espurio no correspondió a la necesidad
ni a la voluntad del pueblo boliviano sino exclusivamente a la actitud del
grupo político encabezado por Evo Morales Ayma, que transcribió en su redacción
los propósitos de su vocación absolutista y aplicó en su aprobación burdas
maniobras politiqueras con apariencia democrática.
No obstante que muchos políticos y ciudadanos,
incluyendo a profesionales del Derecho, han omitido referirse al tema, para
nadie es un misterio que la C.P.E. de Evo Morales Ayma no mereció de parte de
los entendidos ni de la gente responsable el tratamiento de
“marco jurídico que encuadra al fenómeno político” sino apenas el de un
contradictorio batiburrillo instrumento de una vocación totalitaria que difícilmente
podría constituirse en guía de la
auténtica Nación Boliviana porque aparte de su ampulosidad, confusión
idiomática y redacción enrevesada, técnicamente tiene errores, distorsiones y
falsedades en los ámbitos jurídico, histórico y político incursos en la mayoría
de sus partes, títulos, capítulos y artículos, independientemente de su
correspondencia con lo sustantivo o adjetivo de su contenido. Un limitado espacio como el de esta nota
dificulta el listado y enunciación apropiados de tantos desaciertos, intentaré
por tanto sintetizar las observaciones más relevantes de manera sucesiva en
oportunidades posteriores, aunque por las mismas limitaciones de tiempo y
espacio, estas queden restringidas al rápido análisis de los temas referentes
a: las formas de Estado y de Gobierno, la creación del Nuevo Poder, las atribuciones y fines de los cuatro
Poderes, las características de un
Ejecutivo tetrágono, la sustitución de
Partidos Políticos por Grupos de Presión, la implantación de nuevas instituciones y la
desfiguración de los elementos constitutivos de la Democracia.
En 183 años de consecuencia constitucionalista
se pudo mantener el espíritu, el carácter y las instituciones de la
Constitución Política del Estado originaria e inaugural de la República de
Bolivia de 1.826, producto de la voluntad libertaria y democrática de los
bolivianos. Esta Ley de Leyes tuvo en el
mismo lapso 17 reformas parciales que la modificaron y actualizaron de acuerdo a las necesidades de
cada época, mas en todas se cuidó de preservar la estructura original y su
misma esencia jurídica, además de las formas y lenguaje que le asignaron el respeto de todos los países y del pleno de la población.
El año 2009 Evo Morales Ayma y el MAS lograron aprobar y promulgar una Constitución DERIVADA, que sustituyó a la
Carta Magna ORIGINARIA con sus reformas incluidas, sin aportar absolutamente
nada que pueda enorgullecer al pueblo boliviano.
¿Convendría entonces hoy la
discusión y una acción al respecto? ¿Y por qué no un retorno a la C.P.E. vigente en el año
2.000?
Walter H. Zuleta Roncal
Barcelona, marzo del 2013
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